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El acoso digital como expresión de la violencia digital contra las mujeres y las medidas preventivas en el proceso penal
Por Lucas Berber y Zarina Ross
“El acoso u hostigamiento digital se concreta cuando el entorno digital (principalmente las redes sociales y aplicaciones de mensajería) se usa para hostigar a la mujer. Se perfecciona mediante mensajes y publicaciones con amenazas que pueden ser de diverso alcance, como la de difundir imágenes íntimas de la mujer. Mediante éste, las mujeres enfrentan un asalto constante a su integridad, dignidad y derechos fundamentales. Este tipo de acción no solo causa daños psicológicos y emocionales profundos, sino que también tiene repercusiones tangibles en la vida cotidiana y la autonomía de las mujeres.”
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Términos mencionados en esta doctrina: digital, violencia, mediante.